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El seguro de bajo coste ¿Puede ser el mejor y el más barato?

El seguro de bajo coste ¿Puede ser el mejor y el más barato?

 

Diferencias de un seguro de bajo coste o un seguro normal, de automóvil.

 

El seguro que más conocen todos los consumidores es el de automóvil básico a terceros. ¿Es igual en una compañía que en otra?.

Si es lo mismo el límite de la cobertura de Responsabilidad Civil porque viene determinada por Ley.

Pero no es lo mismo, ni la cobertura del conductor, ni la asistencia jurídica, ni la asistencia en viaje, ni los criterios que se utilizan para valorar nuestro coche en caso de siniestro, ni cuando se determina que lo considerarán siniestro total, etc.

Entonces podríamos decir que una de las mentiras más asiduas en la publicidad de los seguros es afirmar “Llévate el mejor seguro pero más barato”. Aunque el mensaje adopte distintos formatos el mensaje no varía.

Los seguros pueden tener el mismo nombre para identificarlos en publicidad, pero ser totalmente diferentes entre distintas compañías. Un ejemplo podría ser: Seguro de un vehículo a todo riesgo que nos cubre daños por granizo, y otro, también a todo riesgo que lo excluye. Con toda probabilidad el precio de la prima será diferente en cada una de las compañías.

A la hora de contratar un seguro debemos de tener en cuenta factores que no están reflejados en el contrato, que nos pueden causar problemas económicos en el pago de un siniestro futuro, hay que saber que no todas las compañías están adheridas al Consorcio de Seguros.

También la calidad de los seguros viene determinada por las cantidades económicas que invierten las compañías en recursos para el desempeño de su actividad. Cuanto menos se gasta en personal (calidad y cantidad), en abogados, en peritos o en talleres, más barato puede ser el seguro pero también afectará a los tiempos de resolución de un siniestro, a la probabilidad de ganar un pleito o a la calidad de una reparación.

Si nos centramos en los seguros de hogar, de comercio, de industria, responsabilidad civil, etc las distancias entre un seguro malo, mediocre o de gran calidad se disparan, por lo que le aconsejamos que antes de su contratación consulte con un corredor de seguros que de forma desinteresada le explicara las diferencias entre compañías y pólizas, lo que le permitirá contratar su seguro donde le convenga.

En los seguros médicos ocurre igual. Hay seguros de 24 a 450 (o más) euros al mes por persona. No son iguales ni de lejos, pues depende de las coberturas que tenga. (Cuadro médico, tipo de pruebas de diagnóstico, tipos de enfermedades, edad del titular del seguro, etc…).

Los seguros de vida y de ahorro, son contratos de varios años de duración y ello añade otra dimensión al problema de elegir aseguradora, la compañía de seguros debe de ser tan solvente que nos permita esperar con fiabilidad que va a sobrevivir mercantilmente a la duración del seguro que vamos a contratar, porque si quiebra podemos tener un problema grave de cobertura o quedarnos sin ella.

Vale, en el sector asegurador defienden cada vez más que el consumidor está muy preparado, que es capaz de contractar ofertas y contratar sin ayuda profesional. ¿Seguro o solo lo dicen porque les interesa que nadie le ayude cuando lleguen los problemas?

En resumen: podríamos decir que es muy arriesgado contratar productos de seguro solo basándonos en el precio, y que es recomendable que pidan el consejo de un experto antes de la contratación.

 

¿Una aseguradora puede negarse a asegurar el coche de una persona con discapacidad?

¿Una aseguradora puede negarse a asegurar el coche de una persona con discapacidad?

La ley es tajante en este punto: Está prohibido discriminar a los discapacitados a la hora de contratar un seguro.

Esta prohibida la denegación de la contratación, el establecimiento de procedimientos de contratación diferentes a los habitualmente utilizados por la compañía de seguros o la obligación de condiciones más onerosas por razón de la discapacidad, a no ser que estén motivadas las causas, proporcionadas y razonables, que este salvo que se encuentren fundadas en causas justificadas, proporcionadas y razonables, que se hallen comprobadas previamente.

No todas las aseguradoras comercializan seguros concretos para los vehículos de las personas con movilidad reducida. Estos seguros tienen en cuenta las necesidades específicas de este colectivo. No abunda la oferta pero si hay que reconocer que estas pólizas son interesantes para las personas con movilidad reducida.

Los seguros de coche para discapacitados incluyen coberturas que tienen en cuenta las necesidades derivadas de su condición. Un ejemplo sería que este tipo de pólizas suelen incluir la silla de ruedas en la cobertura de equipaje, el traslado directo del cliente y sus acompañantes a su destino en vehículo o taxi adaptado en caso de inmovilización del coche en taller o accidente, así como los gastos de traslado del acompañante por accidente o enfermedad de las personas con discapacidad durante el viaje. También suelen incluir una cobertura de adaptación del vehículo sin coste adicional, orientación en la tramitación de la solicitud de ayudas económicas. Algunos seguros también incluyen entre sus coberturas asistencia psicológica y asesoramiento social en caso de accidente.

Si quieres tener más información contacta con el servicio de atención al cliente de Quality Secure Correduría de Seguros.

Probabilidad de sufrir un ciberataque en las empresas y organizaciones.

Probabilidad de sufrir un ciberataque en las empresas y organizaciones.

La mayor preocupación de las organizaciones y empresas en cuanto a los ataques ciber es la pérdida de datos de clientes, información financiera e IP, pérdida de clientes y equipamiento robado o dañado.

Los principales riesgos de ciberamenazas a nivel global son: Phishing e ingeniería social, Clickjacking, Ransomware, Ataques fileless, Botnets y ataques man-in-the-middle.

Os presentamos a continuación el  CRI que se basa en una escala numérica de -10 a 10, en la que -10 representa el mayor nivel de riesgo. El índice mundial actual es de -0,41, lo que supone un riesgo “elevado”, aunque el riesgo es mayor en  Estados Unidos (-1,07) debido a la percepción de una falta de preparación cibernética en comparación con otras regiones.

¿Qué se ha reformado de la ley de tráfico?

¿Qué se ha reformado de la ley de tráfico?

 

 

Se ha reformado la Ley de Tráfico el día 21 de diciembre de 2022.

Los principales cambios que entraron en vigor el pasado 21 de marzo de 2022, son:

 

  • Pérdida de 6 puntos por usar el móvil mientras se conduce. Se confirma la detracción de 6 puntos por utilizar, sujetando con la mano, el teléfono móvil mientras se conduce. La multa sigue siendo de 200 euros, pero se incrementa el número de puntos a retirar. El resto de los usos indebidos del móvil se castiga con 3 puntos. La Ley prohíbe expresamente utilizar el móvil manteniéndolo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario.
  • Pérdida de 4 puntos por no usar cinturón o casco. También se confirma el aumento de 3 a 4 puntos en la retirada de puntos por no utilizar, o hacerlo de manera inadecuada, el cinturón de seguridad, dispositivos de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios. La multa sigue siendo de 200 euros.
  • Obligatorio cambiar de carril para adelantar a un ciclista. Hay novedades en cuanto al adelantamiento a ciclistas, pues se obliga a cambiar de carril para adelantar a un ciclista o ciclomotor en vías de más de un carril por sentido. Se incrementan de 4 a 6 los puntos que se perderán si se adelanta poniendo en peligro a ciclistas sin dejar la separación mínima de 1,5 m. La multa sigue siendo de 200 euros.
  • Prohibido parar o estacionar en carriles bici y vías ciclistas.
  • Pérdida de 6 puntos por tirar objetos a la carretera. Se aumenta de 4 a 6 los puntos a detraer por arrojar a la vía o sus inmediaciones objetos que puedan provocar accidentes o incendios.
  • Plazo de 2 años para recuperar el saldo inicial de puntos en todos los casos. Hasta ahora el plazo variaba en función de la gravedad de la infracción que se había cometido.
  • Recuperación de puntos por realizar cursos de conducción segura. Se podrán recuperar 2 puntos en caso de realizar cursos de conducción segura y eficiente siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se tenga saldo positivo. Se compensará con dos puntos adicionales hasta un máximo de quince y con una frecuencia máxima de un curso de cada tipo cada dos años (pendiente de desarrollar por orden ministerial).
  • Los conductores menores de edad de cualquier vehículo no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0.
  • Alcoholímetro antiarranque obligatorio a partir de julio de 2022. A partir del 6 de julio de 2022, los vehículos destinados al transporte de viajeros que dispongan de interface para la instalación de alcoholímetros antiarranque (alcolock), deberán disponer de alcoholímetros antiarranque. Los conductores de estos vehículos estarán obligados a utilizar estos dispositivos.
  • Prohibido superar los 20km/h al adelantar en carreteras convencionales. Finalmente se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h la velocidad cuando se adelante a otros vehículos en carreteras convencionales.
  • Permitido usar dispositivos inalámbricos en el casco. Se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos homologados en el casco de los conductores de moto y ciclomotor con fines de comunicación y navegación siempre que no afecte a la seguridad en la conducción.
  • Multa de 200€ por incumplir las restricciones de circulación en ZBE. Se incorpora una nueva sanción de 200 euros por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de bajas emisiones.
  • Multa de 500€ por hacer trampas en los exámenes de conducir. Se sancionará con 500 euros la utilización de dispositivos de intercomunicación no autorizados en los exámenes de conducir. Además, el aspirante no se podrá presentar de nuevo en el plazo de 6 meses.
  • Pérdida de 3 puntos por llevar instalados detectores de radares (aunque no los uses). Respecto a los detectores de radares, se sancionará el llevar instalados en el vehículo estos dispositivos. Hasta ahora la Ley hablaba de “utilizar”. También conllevará la retirada de 3 puntos.
  • Prohibido circular por la acera con patinetes​. En cuanto a los vehículos de movilidad personal (patinetes), se prohíbe su circulación por las aceras con algunas excepciones, así como por autopistas y autovías. Además, sus conductores están obligados a utilizar el casco.
  • Infracción leve por impago de peaje, tasa o precio público, cuando estos fueran exigibles.
  • Nuevo sistema que permite a empresas saber si sus conductores están inhabilitados. Se prevé el desarrollo de un sistema telemático para que las empresas que se dediquen al transporte de personas o mercancías y personas autónomas empleadoras puedan conocer si un trabajador suyo está habilitado para conducir.

 

Si necesita más información, póngase en contacto con nosotros y le ayudaremos sin ningún compromiso.

 

Ahorro Fiscal en el IRPF con Seguros de Ahorro

Ahorro Fiscal en el IRPF con Seguros de Ahorro

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un impuesto personal que varía progresivamente en función de los ingresos generados en el ejercicio fiscal (año natural), gravando la renta que obtienen las personas físicas residentes en España.

Este tipo de impuesto tiene un componente autonómico (50% del impuesto), lo que influye un poco en lo que se tributa en cada Comunidad Autónoma (consultar con su asesor fiscal).

Podremos tener un ahorro fiscal en el IRPF con seguros de ahorro (PPA, PP, PPI) en base a un NUEVO máximo anual general: 2.000 € (en primas pagadas en este tipo de seguros) que se restarán a los ingresos percibidos como si no los hubiésemos ganado, así podremos bajar de tramo y ahorrar en nuestra Renta al pagar menos porcentaje de gravamen sobre nuestros ingresos.

Las nuevas condiciones se han publicado en el Boletín Oficial de Estado la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de Estado para 2021, ley que entró en vigor el 1 de enero de 2021.

Principales novedades que afectan a las carteras de los Productos de Previsión (Planes de Pensiones Individuales-PPI- y Plan de Previsión Asegurado –PPA-:

1) Aportación Máxima Anual Privada: Disminuye la aportación máxima de 8.000 a 2.000 € (aportación al cónyuge pasa de 2.500 €s a 1.000 €).

2) Aportación Máxima Anual Empresa: Incrementa la aportación máxima de 8.000 € a 10.000 €.

 

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