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¿Cómo saber si un fallecido tenía seguro de vida o seguro de accidentes?

¿Cómo saber si un fallecido tenía seguro de vida o seguro de accidentes?

La respuesta es sencilla, hay que solicitarlo al Registro de Contratos de Seguros de Fallecimiento, te informamos de este tema interesante.

Hasta hace una década, la mitad de los seguros de vida no se cobraban porque los beneficiarios no tenían conocimiento de la existencia de los mismos, y por su parte las aseguradoras no ejecutaban el pago porque no tenían constancia del fallecimiento del familiar.

Actualmente ese problema ya no existe, y la mayoría de todas las pólizas de seguros de vida y de accidente relacionados con el fallecimiento de una persona se cobran.

Esto se debe a la creación en el año 2007 del Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, que no es más que una base de datos en la que se recogen todos los seguros que tengan cobertura de fallecimiento, con la finalidad de que no se quedasen sin pagar la mayoría de los seguros de vida y de accidentes.

 

¿Qué seguros contiene el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento?

 

El Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento contiene dos tipos de seguros:

  • Los seguros de vida.
  • Los seguros de accidentescon cobertura de muerte, independientemente de que sean seguros individuales o colectivos.

 

Tramites para cobrar el seguro de vida o de accidente de un fallecido.

 

La forma más rápida de actuar en estos casos para saber si un familiar o allegado tenía seguro de vida o de accidentes por el que nos corresponda el cobro del mismo, tendremos que acudir online o presencialmente al Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento y hacer la solicitud. Para acceder de forma online se puede hacer a través de la página del Ministerio de justicia o a través de Unespa.

Una vez realizada la consulta tendremos que obtener el modelo 790 de la página web del Ministerio de Justicia o en cualquiera de sus administraciones territoriales, rellenar y presentarlo oportunamente.

Una vez transcurridos 15 días desde el fallecimiento , el beneficiario tiene que hacer los siguientes trámites:

  • Acudir  al Registro General de Actos de Últimas Voluntades y aportar el certificado de defunción.
  • En el plazo de 7 días, el Registro General de Actos de Últimas Voluntades expedirá un certificado con los contratos vigentes y con que aseguradoras están hechos los mismos.
  • Personarse o contactar con la asegurado y reclamarle la indemnización.

Habitualmente este proceso lo lleva a cabo el notario, junto al resto de cuestiones de la herencia. Pero si queremos hacerlo nosotros mismos, este es el procedimiento adecuado que tenemos que seguir.

 

Ante cualquier duda, ponte en contacto con nuestro equipo de expertos y estaremos encantados de atenderte de forma desinteresada y sin compromiso.

¿Qué pasa si tengo un accidente y el conductor contrario no tiene seguro?

¿Qué pasa si tengo un accidente y el conductor contrario no tiene seguro?

,Si tenemos un accidente de tráfico del que no somos culpables, y la parte contraria nos manifiesta que no tiene seguro, intentaremos cumplimentar el parte amistoso igualmente.

Al cumplimentar el parte, se describirán los hechos lo más fiel posible, tomando los datos del conductor y del vehículo, e intentar que sea firmado por ambas partes.

Esto nos garantiza que el Consorcio de Compensación de Seguros, se hará cargo de los daños y de las posibles lesiones sufridas, si el accidente de tráfico se ha producido con un contrario sin seguro.

El Consorcio de Compensación de Seguros, es el encargado de responder de los daños causado en un accidente de tráfico por un vehículo sin seguro.

Para que dicho consorcio se haga cargo de los gastos del siniestro, tendremos que demostrar que el conductor contrario no disponía de seguro, y es responsable del accidente. Lo que acreditaremos con el parte amistoso firmado por las partes.

En caso de que el conductor contrario no quiera firmar el parte amistoso, llamaremos inmediatamente a la Guardia Civil o Policía Local, a fin de que levante el oportuno atestado para acreditar el accidente y las circunstancias del mismo.

Si el conductor contrario, no supiera que estaba sin seguro, podrá reclamar a su aseguradora que le justifique la notificación de cancelación del seguro, ya que ésta puede haberse producido por un error de la compañía, o algún fallo bancario.

Los daños han de ser peritados, para que el Consorcio autorice la reparación o el pago del valor venal del vehículo.

Para valorar las lesiones, contactaremos con un perito médico, para que pueda valorar las lesiones producidas en el accidente. El informe de este profesional, será utilizado para la reclamación de la indemnización por lesiones derivadas del siniestro al Consorcio de Compensación de Seguros.

Para la valoración de los daños materiales se deberán aportar cuantos justificantes sirvan para demostrarlos.

 

Ante cualquier duda, ponte en contacto con nuestro equipo de expertos, estaremos encantados de atenderte de forma desinteresada y sin ningún compromiso.

¿Qué sucede si un vehículo circula con la ITV caducada?

¿Qué sucede si un vehículo circula con la ITV caducada?

Circular sin haber pasado la ITV se considera un riesgo para la circulación. Si el vehículo no ha pasado la ITV es potencialmente peligroso, por lo que si circulas sin que haber pasado la ITV correspondiente, de entrada te cae una multa que puede ser de entre 200 y 500 euros.
Además, si las autoridades competentes detectan que un coche lleva mucho tiempo sin pasar la ITV, pueden darte de baja el coche si no pasas la inspección más la correspondiente sanción.

 

¿Qué multas te pueden imponer por circular sin haber pasado la ITV?

¿Cubre el seguro un accidente si mi vehículo no ha pasado la ITV?

¿Se puede hacer un seguro de coche sin tener pasada la ITV?

 

a).- Multas que te pueden imponer por circular sin haber pasado la ITV.

 

Dependiendo de la infracción cometida:
Conducir con la ITV caducada se sanciona con 200 euros de multa, con una bonificación de 100 euros con un pronto pago.
Con un informe negativo de la ITV para circular se sanciona con 500 euros de multa, sin posibilidad de reducción del importe por pronto pago. La ITV negativa supone que los defectos del vehículo son tan graves que el vehículo debe ser transportado por una grúa hasta el lugar de reparación. El vehículo debe volver otra vez a pasar la inspección una vez salga del taller.

 

b).- ¿Cubre el seguro un accidente si mi vehículo no ha pasado la ITV?

 

Si circulas con la ITV caducada y tienes un accidente, el seguro pueda negarse a pagar los daños propios en el caso de que la culpa del accidente se deba al hecho de no haber pasado la ITV. Es decir, sólo si se tratara de daños a terceros, el seguro se haría cargo de pagar.
El problema radica en que si el accidente se hubiera podido evitar pasando la ITV y se lograra demostrar que el accidente es consecuencia de un problema mecánico, que podría haber sido detectado y corregido con la ITV. Si este fuera el caso, el seguro asumiría la indemnización a terceros de la cobertura de Responsabilidad Civil Obligatoria, pero reclamaría el importe al propietario del vehículo, el tomador y el conductor.

 

 c).- ¿Se puede hacer un seguro de coche sin tener pasada la ITV?

 

1.- Si vas a vender un vehículo y se encuentra de baja, una opción para efectuar la compra venta es contratar un seguro temporal o por días.
2. Otra opción es contratar un seguro anual, pero si no has pasado la ITV, el trámite será distinto según la política de empresa de cada aseguradora. Unas aseguraran sin problema, otras te exigen presentar el informe desfavorable o la cita de la misma, y la mayoría optan por no contratar.
En el caso de las compañías que aceptan asegurarte el vehículo con informe desfavorable o cita previa, procederán de la siguiente forma:
En caso de informe desfavorable la aseguradora comprueba que el vehículo está en perfectas condiciones para circular y que la única causa del informe desfavorable es la falta de seguro.
Presentando el informe técnico a la compañía, ésta formaliza el seguro y a continuación se puede obtener el informe favorable de la ITV.
Pero si el informe es desfavorable por algún problema técnico, solo podrás circular para ir al taller y volver a la ITV. Y si la ITV es negativa, el vehículo lo debe desplazar una grúa. Para subsanar los problemas del vehículo tienes un plazo de dos meses.

 

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¿Tienes una vivienda y quieres alquilarla? Te ayudamos.

¿Tienes una vivienda y quieres alquilarla? Te ayudamos.

¿Eres propietario de una vivienda y quieres alquilarla a estudiantes?

Puedes hacerlo con tranquilidad siempre que sigas una serie de pautas de actuación, para proteger tus intereses como arrendador. Tienes que preservar el estado de tu vivienda, como asegurarte que todos los meses recibirás tu cuota de alquiler.

Dentro del sector de los arrendamientos de viviendas, el que más está creciendo son los alquileres de viviendas a estudiantes. En estas fechas, después de las vacaciones, es cuando más aumenta el alquiler de viviendas para estudiantes en las ciudades que albergan centros universitarios.

Existen algunos riesgos a la hora de alquilar la vivienda que se pueden prevenir, tomando una serie de precauciones, con el objetivo de que los inquilinos nos dejen la casa en el estado en la que se la encontraron.

 

Quality Secure te ofrece las siguientes recomendaciones.

 

Realizar un inventario de todo el contenido que existe en la vivienda.

 

Es muy útil prevenir todas las eventualidades que puedan ocurrir durante la ocupación, y en este sentido una medida muy eficaz es elaborar un inventario con los enseres que están en la vivienda. Se formalizará antes de firmar el contrato con los estudiantes o inquilinos, y tendrá como finalidad dejar constancia de que todo funciona correctamente, está en buen estado y completamente limpio. De esta forma, podrías reclamar al inquilino ante posibles daños que se pudiesen cometer, y se podrá descontar del aval que les pides al inicio de la relación.

 

Demandar un aval al inquilino.

Para proteger tus intereses económicos, lo mejor es pedir a los estudiantes un aval (personal o bancario), que será el que responda ante los daños que se puedan cometer en la vivienda. Es de gran utilidad, dado que los titulares del aval serán los responsables de saldar las deudas que originen los estudiantes o inquilinos, incluso ante situaciones de impago en las cuotas mensuales que tendrán que hacer frente durante el alquiler.

 

Contratar un seguro.

Formalizar un seguro de alquiler (en el que te podrá asesorar nuestro equipo) te ayudará enormemente a alquilar tu propiedad con mayor garantía y seguridad. Esto es así, no solo porque te permitirá asegurar el contenido del inmueble antes posibles destrozos, sino porque además podrás seleccionar el perfil del inquilino que más te interesa.

Casi en todas las pólizas de garantía del pago del alquiler cuentan con amplios filtros para llegar al mejor inquilino que necesitas para tu vivienda. En Quality Secure trabajamos con las mejores compañías de seguros, nuestros expertos te asesorarán para que puedas defender tus intereses sin preocupaciones, ni perdidas de tiempo. Diseñaremos una estrategia muy eficaz para asegurarte el pago de las rentas mensuales durante la vigencia del contrato de alquiler de tu vivienda.

 

Redactar un buen contrato.

Es importante no dejar nada a la improvisación en el contrato de arrendamiento. Una de las medidas más practicas pasa por expresar en el documento que será la otra parte la responsable de asumir los daños y desperfectos que puedan producirse en la vivienda. Al igual que imponer una serie de exigencias, como limitar la difusión de ruidos o restringir las reuniones hasta ciertas horas de la noche, e incluso informar de las normas de comunidad aprobadas por la comunidad de vecinos.

Es importante y nos puede evitar problemas, hacer constar en una cláusula del contrato que los inquilinos no podrán subarrendar la vivienda, ni habitaciones de la misma, a terceras personas. Como última estrategia, es de gran utilidad incluir en este documento que el inquilino no podrá realizar obras que puedan modificar la estructura de la vivienda.

 

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¿Que debemos de hacer si nos roban el coche?

¿Que debemos de hacer si nos roban el coche?

Te mostramos una guía de lo que debemos de hacer cuando nos roban nuestro coche:

 

A.- Denuncia del robo

En cuanto tengamos constancia de que nuestro vehículo ha desparecido, lo primero que tenemos que hacer es acudir a la policía a poner la denuncia. Para realizar la denuncia tendremos que llevar el DNI o tarjeta de residencia, así como la matricula, marca y modelo del vehículo. La denuncia también se puede hacer telefónicamente, aunque después deberemos de ir a la comisaria para firmarla personalmente.

Es importante que la denuncia se realice con la mayor brevedad posible, pues cuanto antes se introduzcan la orden del robo en la base de datos de la policía antes se comunicará a todos los cuerpos y servicios de seguridad del estado.

 

B.- Notificarlo a la aseguradora del vehículo.

Si el seguro de nuestro coche es un seguro a todo riesgo o un seguro a terceros con cobertura de robo, si que cubriría el robo del coche. En caso de ser un seguro a terceros sin la cobertura de robo el seguro no cubrirá nada.

Si nuestro seguro es a todo riego o a terceros con cobertura de robo, tendremos que informar a la compañía del robo de nuestro coche.

Para ello nos pedirán que les remitamos una copia de la denuncia y lo más común es que los trámites para reclamar la indemnización por robo del vehículo no se empiecen a realizar hasta transcurridos 30 días desde al robo.

Si el vehículo aparece en este plazo de tiempo, tendría el propietario derecho a quedarse el vehículo aparecido, y a hacerse cargo de las oportunas reparaciones. Si el vehículo apareciera transcurridos los 30 días y habiendo cobrado la indemnización del seguro, el propietario podría elegir entre quedarse el vehículo (arreglado) y devolver la indemnización o quedarse la indemnización y no tener derecho a recuperar el vehículo.

La mayoría de aseguradoras prevén una indemnización del valor nuevo del vehículo, si el robo se produce en los dos años siguientes a la compra del mismo, pero que si el robo se produce una vez transcurridos los dos años desde su compra, las cuantía de las indemnizaciones suelen ser el valor que tuviera el vehículo en dicho momento en el mercado de vehículos de ocasión.

Una vez transcurrido un mes desde que se produjo el robo, se podrán iniciar los trámites para reclamar la indemnización del seguro. En primer lugar se deberá aportar el justificante de pago  del último Impuesto Municipal de Circulación y el justificante de la baja temporal por sustracción del vehículo, más el DNI y el original de la denuncia.

Una vez presentados los documentos citados, tendrás que esperar a que los peritos de la aseguradora realicen la oportuna tasación del vehículo para indemnizarte. La indemnización se hará de acuerdo con las tablas de depreciación correspondiente, y la indemnización resultante no es negociable, pero si reclamable.

Por tanto, si no hay acuerdo deberás realizar una reclamación al Defensor del Asegurado.

 

3. Debes dar de baja el vehículo en la Jefatura de Tráfico

Para evitar problemas como consecuencia del mal uso que le puedan dar al vehículo robado, como posibles multas, uso en delitos, además de gastos del seguro y gastos del impuesto de circulación, lo más aconsejable es que demos de baja el vehículo en la Jefatura de Tráfico.

Presentaremos la denuncia del robo, la solicitud de baja, tu DNI, el permiso de circulación y la ficha técnica del vehículo, siempre que no haya sido también robada.

Una vez tengamos la baja temporal del vehículo en la Jefatura de Tráfico, deberemos acudir al Ayuntamiento para presentarla y que se nos exima del pago del impuesto de circulación.

Si tras tramitar la baja temporal del vehículo, éste aparece, podremos solicitar el alta del mismo volviendo a acudir a la Jefatura de Tráfico.

 

4. Intento de localización del vehículo

Si queremos intentar recuperar el vehículo por nuestros propios medios podemos acudir a diferentes vías. Las más eficientes en el robo de vehículos es recurrir a empresas localizadoras, o la denuncia del robo en internet.

La primera es la más útil y la que mejores resultados ofrece. Las empresas localizadoras actúan dando los datos del vehículo sustraído a diferentes profesionales del sector del transporte, como pueden ser taxistas, transportistas, responsables de parkings, etc., para que se fijen en las matrículas de los vehículos que circulan o que se encuentran estacionados en parkings, polígonos industriales, barrios conflictivos, etc. Si estos profesionales encontrara el vehículo robado lo pondría en conocimiento de la empresa de localización, quien a su vez lo comunicaría al propietario y a la policía para poder ser recuperado.

 

¿Te han abierto el coche para robarte algo del interior?

La mayoría de los robos que se producen en España no es el robo del propio vehículo, sino por robos en el interior del mismo.

En los último años las denuncias por  robos en turismos y furgonetas rondan las 120.000 denuncias anuales.

 

En caso de robo en el interior del vehículo tenemos que seguir el siguiente protocolo:

 

Llamar a la policía (091): Para interponer denuncia telefónica, aunque posteriormente tendremos que acudir a la comisaría para firmarla.

No tocar nada en el interior del coche: de esta forma el trabajo policial será más fácil y podrán recuperar las huellas de los posibles ladrones con más nitidez.

 

RECOMENDACIÓN.-

En este tipo de siniestros es cuando entendemos y realmente nos damos cuenta si hemos contratado realmente un buen seguro para nuestro vehículo, Es importante que un corredor de seguros de forma imparcial te asesore e informe de los distintos tipos de seguros que existen en el mercado. Un buen seguro de vehículos es el más barato pero además tiene que tener las mejores coberturas, sino lo barato sale caro.

 

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