950 100 570

info@qualitysecure.es

¿Qué puedes hacer si ocupan tu vivienda?

¿Qué puedes hacer si ocupan tu vivienda?

 

 

Irse de vacaciones y dejar la casa se ha convertido en problema para en muchos propietarios o inquilinos, no solamente por los posibles robos sino también por la posibilidad de volver a ella y encontrarla ocupada.

 

¿Qué se puede hacer si ocupan tu casa?

Poco a poco con el tiempo se va agilizando del desahucio con el conocido como desahucio expres. Se busca conseguir una mayor inmediatez en las actuaciones para que la vivienda ocupada se devuelva lo antes posible a su dueño, o, inquilino legítimo. Así se evita que, mientras dure el procedimiento judicial, siga en manos de los ocupas.
Las actuaciones a seguir si ocupan tu casa dependerán de si las viviendas están habitadas, o no:

 

Viviendas habitadas: En esta situación estamos ante un delito de allanamiento de morada y la policía recabará todas las pruebas que acrediten que la vivienda es la residencia legal de titular, ya sea primera o segunda residencia. Una vez que el demandante ha solicitado la inmediata entrega de la posesión de la vivienda, el Juzgado dictará un decreto requiriendo a los ocupantes a que aporten en un plazo máximo de 5 días hábiles el título que justifique su situación posesoria, de no aportarlo se dictará un auto ordenando la entrega inmediata de la vivienda contra el cual no cabrá recurso alguno.

 

Viviendas deshabitadas: Cuando las viviendas están deshabitadas, estamos ante un delito de usurpación del bien inmueble. Si los ocupas aún no se han instalado, la policía podrá echarles sin dilaciones por entenderse que el delito se está cometiendo en ese momento. En caso de que los ocupas ya estén residiendo en la vivienda, la policía identificará a las personas que se encuentren en ella y hará el atestado con las pruebas que obtenga. La Fiscalía, cuando reciba la denuncia y el atestado policial, valorará si se dan las circunstancias para pedir la medida cautelar de desalojo inmediato.

 

Nosotros aconsejamos una solución de mucha ayuda para el propietario.

Contratar el seguro de “ARAG Ocupación Ilegal”, y conseguiremos soluciones contra la ocupación ilegal, aunque como propietario es importante contar con todas las coberturas legales.
Reclamación de la vivienda ocupada: ARAG reclama en caso de ocupación de la vivienda.
Reclamación por daños: reclamación por todos los daños que la casa haya sufrido durante la ocupación
Un abogado siempre a disposición: Uno de los abogados especialistas de ARAG asesorará sobre los pasos a dar en caso de ocupación de la vivienda.
Gestión en temas administrativos municipales: ARAG se ocupará de las gestiones administrativas que se tengan que realizar con el Ayuntamiento.

 

Ante cualquier duda, ponte en contacto con nuestro equipo de expertos, y estaremos encantados de atenderte de forma desinteresada y sin compromiso.

 

Seguros que deberían de contratar profesionales y titulares de un negocio

Seguros que deberían de contratar profesionales y titulares de un negocio

 

La mayoría de nuestros clientes profesionales y empresarios, creen que teniendo un seguro de responsabilidad civil o multirriesgo, ya tienen todos sus riesgos cubiertos. ¿Pero realmente es así?.

Todas las actividades desempeñadas en locales comerciales, oficinas, despachos, consultas médicas…, es recomendable que estén aseguradas para estar protegidas.

Podemos encontrar muchos seguros para contratar en el ámbito empresarial, pero debemos elegir los correctos para no estar cubiertos de más o de menos, lo que conlleva su correspondiente aumento o ahorro  económico. Lo fundamental es estar bien asesorados en qué tipo de seguro se adapta mejor a nuestras necesidades, y que además tenga unas primas competitivas, por lo que se debe de tener en cuenta la posibilidad de ponerse en manos de una correduría de seguros independiente dedicada a empresas, como puede ser Quality Secure, la cual valorará la mejor opción disponible en el mercado para poder ofrecérsela, de forma que se adapte de forma individual a las necesidades que requiere la actividad de su negocio, de forma independiente e imparcial.

Podrían recomendarle entre otras, las siguientes coberturas que son de las más importantes:

 

Seguro de responsabilidad civil.-

Este tipo de seguros es necesario, pues hace referencia a toda la responsabilidad derivada de la actividad que se desarrolla. De hecho, hay normativa autonómica que impone a algunas actividades empresariales contar con este tipo de seguro, si se tiene contacto con el público.

En el ejercicio de la actividad profesional o empresarial puede ocurrir que en los locales comerciales, oficinas, despachos, etc…; se cause un perjuicio a terceros, daños materiales, pérdidas económicas, etc… Contratando este tipo de seguros el empresario o profesional responsable del negocio se encontrará protegido, en caso contrario, deberá responder con su patrimonio.

Las coberturas básicas suelen ser la responsabilidad civil de explotación, y los gastos de defensa y fianzas (incluye costes y gastos judiciales y extrajudiciales).

 

Seguro de accidentes.-

 

Si cuenta con empleados en su negocio, este tipo de seguro es necesario y lo fijan muchos convenios colectivos, los cuales obligan a las empresas a tenerlos contratados para proteger a los asegurados en caso de fallecimiento o invalidez, siempre haya sido causado por un accidente laboral.

 

Seguro de los vehículos del negocio.-

 

Si su empresa o negocio cuenta con vehículos para el desempeño de la actividad, es importante que los mismos se encuentren asegurados para realizar el trabajo, al igual que hacemos en el caso de los seguros de automóvil. La principal diferencia es que el uso que se le va a dar a dichos vehículos tiene carácter comercial.

Existen multitud de coberturas en los seguros para vehículos comerciales, la más común de ellas es la responsabilidad civil obligatoria. También habrá que tener en cuenta un seguro de defensa jurídica, de accidentes del conductor, a terceros, etc

 

Seguros multirriesgo.-

 

Lo más importante de nuestros negocios suele ser tanto el continente, como el contenido de los mismos, por lo que es fundamental con este tipo de seguros. Deben de estar adaptados a las características de su negocio: tipo de actividad, tamaño, y precio adaptado a las necesidades concretas de la actividad. Las coberturas básicas de este tipo de seguros suelen ser daños eléctricos, incendios, explosiones, robos, etc… Suelen cubrir riesgos como actos vandálicos, lluvias, viento, humo, inundación, asistencia, etc. Es interesante un seguro multirriesgo porque estará cubierto frente a accidentes que provoquen daños materiales, frente a la violencia, ante pérdidas ocasionadas por mantener la actividad de la empresa o negocio paralizada en caso de accidente o siniestro, etc. Lo que le aporta al empresario o profesional una tranquilidad extra en el desempeño de su profesión.

En definitiva debe de seguir unas sencillas reglas, pedir presupuestos previos, negociar las primas y condiciones le puede suponer un ahorro importante en el coste de sus seguros.  El ahorro coherente en la primas de seguro puede ser un pilar fundamental dentro de su empresa y uno de los mejores para tomar medidas.

 

Ante cualquier duda, ponte en contacto con nuestro equipo de expertos y estaremos encantados de atenderte de forma desinteresada y sin compromiso.

¿Cómo saber si un fallecido tenía seguro de vida o seguro de accidentes?

¿Cómo saber si un fallecido tenía seguro de vida o seguro de accidentes?

La respuesta es sencilla, hay que solicitarlo al Registro de Contratos de Seguros de Fallecimiento, te informamos de este tema interesante.

Hasta hace una década, la mitad de los seguros de vida no se cobraban porque los beneficiarios no tenían conocimiento de la existencia de los mismos, y por su parte las aseguradoras no ejecutaban el pago porque no tenían constancia del fallecimiento del familiar.

Actualmente ese problema ya no existe, y la mayoría de todas las pólizas de seguros de vida y de accidente relacionados con el fallecimiento de una persona se cobran.

Esto se debe a la creación en el año 2007 del Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, que no es más que una base de datos en la que se recogen todos los seguros que tengan cobertura de fallecimiento, con la finalidad de que no se quedasen sin pagar la mayoría de los seguros de vida y de accidentes.

 

¿Qué seguros contiene el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento?

 

El Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento contiene dos tipos de seguros:

  • Los seguros de vida.
  • Los seguros de accidentescon cobertura de muerte, independientemente de que sean seguros individuales o colectivos.

 

Tramites para cobrar el seguro de vida o de accidente de un fallecido.

 

La forma más rápida de actuar en estos casos para saber si un familiar o allegado tenía seguro de vida o de accidentes por el que nos corresponda el cobro del mismo, tendremos que acudir online o presencialmente al Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento y hacer la solicitud. Para acceder de forma online se puede hacer a través de la página del Ministerio de justicia o a través de Unespa.

Una vez realizada la consulta tendremos que obtener el modelo 790 de la página web del Ministerio de Justicia o en cualquiera de sus administraciones territoriales, rellenar y presentarlo oportunamente.

Una vez transcurridos 15 días desde el fallecimiento , el beneficiario tiene que hacer los siguientes trámites:

  • Acudir  al Registro General de Actos de Últimas Voluntades y aportar el certificado de defunción.
  • En el plazo de 7 días, el Registro General de Actos de Últimas Voluntades expedirá un certificado con los contratos vigentes y con que aseguradoras están hechos los mismos.
  • Personarse o contactar con la asegurado y reclamarle la indemnización.

Habitualmente este proceso lo lleva a cabo el notario, junto al resto de cuestiones de la herencia. Pero si queremos hacerlo nosotros mismos, este es el procedimiento adecuado que tenemos que seguir.

 

Ante cualquier duda, ponte en contacto con nuestro equipo de expertos y estaremos encantados de atenderte de forma desinteresada y sin compromiso.

¿Qué pasa si tengo un accidente y el conductor contrario no tiene seguro?

¿Qué pasa si tengo un accidente y el conductor contrario no tiene seguro?

,Si tenemos un accidente de tráfico del que no somos culpables, y la parte contraria nos manifiesta que no tiene seguro, intentaremos cumplimentar el parte amistoso igualmente.

Al cumplimentar el parte, se describirán los hechos lo más fiel posible, tomando los datos del conductor y del vehículo, e intentar que sea firmado por ambas partes.

Esto nos garantiza que el Consorcio de Compensación de Seguros, se hará cargo de los daños y de las posibles lesiones sufridas, si el accidente de tráfico se ha producido con un contrario sin seguro.

El Consorcio de Compensación de Seguros, es el encargado de responder de los daños causado en un accidente de tráfico por un vehículo sin seguro.

Para que dicho consorcio se haga cargo de los gastos del siniestro, tendremos que demostrar que el conductor contrario no disponía de seguro, y es responsable del accidente. Lo que acreditaremos con el parte amistoso firmado por las partes.

En caso de que el conductor contrario no quiera firmar el parte amistoso, llamaremos inmediatamente a la Guardia Civil o Policía Local, a fin de que levante el oportuno atestado para acreditar el accidente y las circunstancias del mismo.

Si el conductor contrario, no supiera que estaba sin seguro, podrá reclamar a su aseguradora que le justifique la notificación de cancelación del seguro, ya que ésta puede haberse producido por un error de la compañía, o algún fallo bancario.

Los daños han de ser peritados, para que el Consorcio autorice la reparación o el pago del valor venal del vehículo.

Para valorar las lesiones, contactaremos con un perito médico, para que pueda valorar las lesiones producidas en el accidente. El informe de este profesional, será utilizado para la reclamación de la indemnización por lesiones derivadas del siniestro al Consorcio de Compensación de Seguros.

Para la valoración de los daños materiales se deberán aportar cuantos justificantes sirvan para demostrarlos.

 

Ante cualquier duda, ponte en contacto con nuestro equipo de expertos, estaremos encantados de atenderte de forma desinteresada y sin ningún compromiso.

¿Cómo proteger a un administrador o directivo de su responsabilidad personal en su empresa?

¿Cómo proteger a un administrador o directivo de su responsabilidad personal en su empresa?

 

 

El directivo o administrador, puede llegar a tener una responsabilidad personal y penal por las decisiones que toma en su empresa.

 

Le enumeramos algunas de ellas:

Responsabilidad por productos: Si un producto de la empresa causa daño a los consumidores debido a defectos o falta de advertencias adecuadas, los directivos podrían enfrentar responsabilidad penal, especialmente si se demuestra que hubo conocimiento y negligencia en la gestión de riesgos.

Fraude y malversación: Los directivos pueden enfrentar cargos penales si participan en prácticas fraudulentas o malversación de fondos dentro de la empresa. Esto podría incluir la manipulación de informes financieros, el robo de activos de la empresa o la participación en esquemas fraudulentos.

Prácticas comerciales desleales: Participar en prácticas comerciales desleales o anticompetitivas puede dar lugar a responsabilidad penal para los directivos. Esto incluiría acciones como fijación de precios ilegales, acuerdos monopolísticos o prácticas que violen las leyes de competencia.

Violaciones ambientales: En el caso de empresas que operan en industrias que pueden tener un impacto significativo en el medio ambiente, los directivos pueden enfrentar responsabilidad penal por violaciones a las leyes ambientales. Esto podría incluir el vertido ilegal de productos químicos o la falta de cumplimiento de las regulaciones ambientales.

Corrupción: La participación en actos de corrupción, como el soborno de funcionarios públicos o prácticas corruptas para obtener contratos, puede dar lugar a responsabilidad penal para los directivos.

Violaciones laborales: Si se demuestra que los directivos están involucrados en violaciones graves de los derechos laborales, como el trabajo infantil, la esclavitud moderna o condiciones laborales peligrosas, podrían enfrentar consecuencias penales.

Es fundamental para evitar problemas legales, proteger la reputación y la integridad de la empresa, estar cubiertos con un buen asesoramiento, y fundamentalmente con una seguro que proteja de las posibles denuncias que puedan surgir. Le describimos a continuación en que consiste.

 

¿Qué es el seguro de protección de directivos D&O?

 

Se trata de un seguro de Responsabilidad Civil que protege a los miembros del órgano de administración de una sociedad, y a las personas de la empresa que ostentan cargos de dirección y cuyas decisiones comprometen a la empresa frente a terceros.

 

¿Qué función tiene el seguro de protección de directivos D&O?

 

Las pólizas de¿ D&O se contratan para cubrir la responsabilidad civil de administradores o consejeros y directivos por los daños causados en el ejercicio de sus funciones, tanto a sus accionistas por la pérdida de valor de la acción o de los activos de la sociedad, como a terceros afectados por su mala gestión.

La D&O garantiza la protección del patrimonio de los directivos y consejeros ante reclamaciones de terceros, en su condición de administrador y/o directivo de la empresa, siempre que medie culpa o negligencia:

• Pago de indemnizaciones que deba soportar
• Pago de las costas judiciales y gastos de defensa
• Pago de fianzas civiles que se impongan

En una situación económica como la actual, el número de reclamaciones está aumentando considerablemente; por lo que es necesario contar con una defensa especializada evitando hacer frente a gastos imprevistos ni al depósito de las correspondientes fianzas.

 

¿A quién protege la D&O?

 

La D&O protege la responsabilidad individual de la persona, del directivo o administrador, por lo que este seguro cobra especial relevancia si se desea proteger su patrimonio privativo. Es una protección del patrimonio personal del administrador y/o directivo a través de un seguro.

Sujetos del Seguro:

• Tomador: la Sociedad
• Asegurados:
– Administradores
– Directivos y Altos Cargos
– Personas que desempeñen funciones gerenciales
– Cónyuges, herederos y legatarios

 

¿Qué protege la D&O?

 

Un seguro de D&O sirve fundamentalmente para soportar los gastos de defensa de los administradores sociales y las posibles indemnizaciones a que sean condenados por los tribunales como consecuencia de la realización de un acto incorrecto, ya sea por acción u omisión, que origine a la exigencia de responsabilidad y les sea exigida a éstos por la propia sociedad, los socios o los acreedores sociales.

 

¿Quién y por qué puede reclamar a los directivos y consejeros de una empresa?

 

• Accionistas individuales o Junta General, por:

• Inexactitud en la información facilitada
• Incumplimiento de sus obligaciones
• Uso privilegiado de información
• Procesos de fusiones o adquisiciones
• Mala situación financiera de la compañía

• Empleados, por:

• Incumplimiento del contrato
• Procesos de regulación de empleo
• Discriminación, despido ilegal, acoso laboral o sexual

• Acreedores, por:

• Ruptura injustificada del contrato
• Mala situación financiera de la compañía

• Competidores, por:

• Violación de prácticas del mercado, patentes o derechos
• Competencia desleal

• Organismos administrativos, por:

• Infracciones tributarias o administrativas
• Prácticas de empleo

• Liquidadores de la sociedad, en procesos de liquidación de la compañía durante en el cual se destituye al consejo y equipo directivo, el liquidador en funciones puede presentar reclamaciones contra el antiguo equipo de dirección y administración de la empresa por la toma de decisiones y acciones que han llevado a la compañía a esta situación

• Compradores de la sociedad, por:

• Inexactitud o falsedad de la información aportada
• Ocultación de datos necesarios para la operación

• Cualquier tercero, que se sienta perjudicado por una mala administración, gestión o negligencia de los administradores o directivos de la compañía.

 

¿Cuáles son las principales coberturas de una póliza de protección de directivos y administradores de una empresa D&O?

 

Principales

La aseguradora indemnizará por cuenta de los asegurados aquellos siniestros que se deriven de cualquier reclamación de la que resulten civilmente responsables por razón de cualquier acto incorrecto cometido o presuntamente cometido por ellos en el ejercicio de sus respectivas funciones como administradores de la entidad tomadora, que sea interpuesta por primera vez contra los mismos durante el periodo de vigencia de esta póliza.

La aseguradora reembolsará a la entidad tomadora todo siniestro que, por disposición legal o estatutaria, o por una resolución valida de la asamblea general de accionistas o de la junta directiva, ésta última haya debido indemnizar por cuenta de los administradores, siempre que dicho siniestro resulte de una reclamación formulada por primera vez contra los mismos durante la vigencia de esta póliza, por actos incorrectos cometidos o supuestamente cometidos por estos en el desempeño de sus respectivas funciones como administradores de la misma.

Están asimismo cubiertos los Gastos de Defensa: honorarios y gastos en que se deba incurrir para la defensa del Asegurado. El nombramiento de abogados especializados se efectuará de mutuo acuerdo entre el Asegurado y el Asegurador

Adicionales

• Fianzas civiles y penales
• Reclamaciones por prácticas de empleo
• Procesos administrativos contra la Sociedad
• Cobertura para Multas y Sanciones administrativas
• Gastos de Gerencia de riesgos
• Gastos de Publicidad por rehabilitación de imagen

 

Ante cualquier duda, ponte en contacto con nuestro equipo de expertos, estaremos encantados de atenderte de forma desinteresada y sin compromiso.

error: Los contenidos están protegidos !!