Se ha reformado la Ley de Tráfico el día 21 de diciembre de 2022.
Los principales cambios que entraron en vigor el pasado 21 de marzo de 2022, son:
- Pérdida de 6 puntos por usar el móvil mientras se conduce. Se confirma la detracción de 6 puntos por utilizar, sujetando con la mano, el teléfono móvil mientras se conduce. La multa sigue siendo de 200 euros, pero se incrementa el número de puntos a retirar. El resto de los usos indebidos del móvil se castiga con 3 puntos. La Ley prohíbe expresamente utilizar el móvil manteniéndolo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario.
- Pérdida de 4 puntos por no usar cinturón o casco. También se confirma el aumento de 3 a 4 puntos en la retirada de puntos por no utilizar, o hacerlo de manera inadecuada, el cinturón de seguridad, dispositivos de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios. La multa sigue siendo de 200 euros.
- Obligatorio cambiar de carril para adelantar a un ciclista. Hay novedades en cuanto al adelantamiento a ciclistas, pues se obliga a cambiar de carril para adelantar a un ciclista o ciclomotor en vías de más de un carril por sentido. Se incrementan de 4 a 6 los puntos que se perderán si se adelanta poniendo en peligro a ciclistas sin dejar la separación mínima de 1,5 m. La multa sigue siendo de 200 euros.
- Prohibido parar o estacionar en carriles bici y vías ciclistas.
- Pérdida de 6 puntos por tirar objetos a la carretera. Se aumenta de 4 a 6 los puntos a detraer por arrojar a la vía o sus inmediaciones objetos que puedan provocar accidentes o incendios.
- Plazo de 2 años para recuperar el saldo inicial de puntos en todos los casos. Hasta ahora el plazo variaba en función de la gravedad de la infracción que se había cometido.
- Recuperación de puntos por realizar cursos de conducción segura. Se podrán recuperar 2 puntos en caso de realizar cursos de conducción segura y eficiente siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se tenga saldo positivo. Se compensará con dos puntos adicionales hasta un máximo de quince y con una frecuencia máxima de un curso de cada tipo cada dos años (pendiente de desarrollar por orden ministerial).
- Los conductores menores de edad de cualquier vehículo no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0.
- Alcoholímetro antiarranque obligatorio a partir de julio de 2022. A partir del 6 de julio de 2022, los vehículos destinados al transporte de viajeros que dispongan de interface para la instalación de alcoholímetros antiarranque (alcolock), deberán disponer de alcoholímetros antiarranque. Los conductores de estos vehículos estarán obligados a utilizar estos dispositivos.
- Prohibido superar los 20km/h al adelantar en carreteras convencionales. Finalmente se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h la velocidad cuando se adelante a otros vehículos en carreteras convencionales.
- Permitido usar dispositivos inalámbricos en el casco. Se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos homologados en el casco de los conductores de moto y ciclomotor con fines de comunicación y navegación siempre que no afecte a la seguridad en la conducción.
- Multa de 200€ por incumplir las restricciones de circulación en ZBE. Se incorpora una nueva sanción de 200 euros por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de bajas emisiones.
- Multa de 500€ por hacer trampas en los exámenes de conducir. Se sancionará con 500 euros la utilización de dispositivos de intercomunicación no autorizados en los exámenes de conducir. Además, el aspirante no se podrá presentar de nuevo en el plazo de 6 meses.
- Pérdida de 3 puntos por llevar instalados detectores de radares (aunque no los uses). Respecto a los detectores de radares, se sancionará el llevar instalados en el vehículo estos dispositivos. Hasta ahora la Ley hablaba de “utilizar”. También conllevará la retirada de 3 puntos.
- Prohibido circular por la acera con patinetes. En cuanto a los vehículos de movilidad personal (patinetes), se prohíbe su circulación por las aceras con algunas excepciones, así como por autopistas y autovías. Además, sus conductores están obligados a utilizar el casco.
- Infracción leve por impago de peaje, tasa o precio público, cuando estos fueran exigibles.
- Nuevo sistema que permite a empresas saber si sus conductores están inhabilitados. Se prevé el desarrollo de un sistema telemático para que las empresas que se dediquen al transporte de personas o mercancías y personas autónomas empleadoras puedan conocer si un trabajador suyo está habilitado para conducir.
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